La mediación en la violencia intrafamiliar y de pareja

La mediación en la violencia intrafamiliar y de pareja

Por: Malkah Nobigrot (@MalkahNobigrot)

En mi artículo previo explicaba que la mediación es un Medio Alternativo para la Solución de Conflictos (MASC), en donde un tercero neutro e imparcial asiste y anima, con mayor o menor intervención, a las partes de un conflicto para llegar a un acuerdo y resolver su disputa por sí mismas. En vez de imponer un acuerdo –como en el caso del arbitraje o el litigio en los tribunales– el mediador procura ayudarle a las partes a explorar cuáles son sus intereses en cuestiones jurídicas y no jurídicas –es decir, de trato, relacionales, organizacionales y emocionales, por nombrar algunas– para así llegar a un acuerdo voluntario, idealmente sustentable y que considere una gama de factores que a veces no son necesariamente tomados en cuenta en los medios tradicionales para la resolución de conflictos.

Un aspecto central de la mediación es la autodeterminación y el énfasis en el carácter activo de las partes en conflicto. Cada parte negocia su postura de acuerdo a sus intereses, estando abierta al compromiso. Por ejemplo, la mediación ha sido utilizada con relativo éxito en casos de divorcio en donde ambas partes, en la presencia de un relativo equilibrio de fuerzas, deciden cuáles son sus intereses, negocian entre ellas y llegan a un acuerdo mutuamente benéfico.

La mediación en este contexto ha sido apreciada además porque –como señalan los promotores de la narrativa reformadora– ha logrado depurar los tribunales de una gran parte de su carga laboral, reducir la demanda de servicios legales, aminorar los costos implícitos en la resolución de conflictos y –como lo señalan los promotores de la narrativa de empoderamiento– ha generado un proceso en donde se enfatiza la comunicación y se genera un mayor empoderamiento y satisfacción de las partes al encontrar soluciones a la medida de sus intereses. Lo anterior, aseguran, es particularmente benéfico cuando existe la necesidad de mantener una relación funcional y cooperativa entre las partes cuando, por ejemplo, comparten la custodia de sus hijos.

Por tanto, en la superficie parecería entonces que la mediación es el proceso idóneo para solventar disputas familiares y de pareja. Sin embargo, existen opiniones divergentes si lo es para solucionar casos en donde los conflictos mundanos de pareja escalan a situaciones de violencia, entendida ésta en todas sus dimensiones: física, verbal, psicológica, económica y social. Para responder a esta disyuntiva es preciso puntualizar algunos aspectos sobre la violencia intrafamiliar y de pareja.

Un elemento esencial de las relaciones en las que se presenta la violencia intrafamiliar y de pareja   es que una de las partes (el agresor) trata de controlar y dominar, ya sea consciente o inconscientemente, a otra(s) persona(s) a las que denominaremos su(s) víctima(s) y, para alcanzar dicho propósito, despliega una serie de conductas violentas. El resultado es que, incluso antes de que medie la violencia física, a las víctimas en relaciones abusivas se les va desprendiendo poco a poco de su autoestima, de su poder y de su capacidad de reacción, y se va ejerciendo control físico, psicológico u económico sobre ellas. Como señala Alexandra Zylstra “la esencia del abuso y la violencia de pareja es el deseo de control y dominación”. [1]

La investigadora y psicóloga Leonor Walker –quien trabajó en refugios para mujeres maltratadas– observó que, si bien todos los casos de violencia intrafamiliar y de pareja tienen sus particularidades –el abuso sigue patrones cíclicos similares. Según Walker, la violencia consta de tres ciclos: i. La Fase de Tensión, que se caracteriza por una paulatina escalada de cambios de ánimo y actos violentos hacia la víctima por parte del agresor. En ésta etapa, la víctima, por su parte, no acierta a discernir qué está pasando y, por lo general justifica a su agresor -incluso llegando a creer que ella es la culpable y/o la causante de generar la agresión- y modifica su comportamiento para complacerlo con la equivoca creencia de que así evitará conflictos y violencia; ii) La Fase de Maltrato o Agresión, en la que escala la violencia –física, psicológica y/o sexual, lo que genera severos episodios de ansiedad y temor en la víctima; no obstante, ésta generalmente se queda con su agresor, trata de justificar y minimizar los daños e incluso está en un estado de negación de lo ocurrido, y iii) La Fase de Conciliación o de “Luna de Miel”, en la que el agresor llega a sentir remordimiento y en palabras de la víctima vuelve a ser –si bien esporádicamente- la persona que era antes e incluso justifica y corresponsabiliza a la víctima de sus conductas violentas. Tanto la víctima como el agresor minimizan lo ocurrido, lo que hace que la víctima permanezca en una relación peligrosa esperando que la agresión cese, lo que no sucede –lo que explica por qué muchas víctimas no denuncien ni dejen a sus agresores.

El resultado es que las victimas permanecen impotentes ante el abuso –incluso después de una separación– y por tanto, puesto que la mediación involucra negociación, compromiso y concesiones de ambas partes y la víctima se encuentra impedida o incapacitada de defender y negociar cabalmente sus intereses -incluso llegando a consentir a términos y soluciones que le son adversos y que benefician al abusador– al existir un desequilibrio tan flagrante de poder, puede que la mediación no sea una vía idónea para la resolución de conflictos de esta naturaleza, ya que pone en una situación de desventaja y vulnerabilidad a la víctima.

Considerando que en México es tan prevalente la violencia intrafamiliar y de pareja, y es precisamente en la relación de pareja donde ésta ocurre con mayor frecuencia –según la última Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares elaborada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), el 43.9% de las mujeres que tienen o tuvieron una pareja, han sido violentadas por ella en algún momento de su vida en común–  son muy altas las probabilidades de que en una potencial mediación en el ámbito familiar se llegue estar en presencia de violencia intrafamiliar o de pareja.

¿Lo anterior implica que hay una negativa tajante a mediar casos donde el mediador encuentre o estime que media la violencia intrafamiliar o de pareja? La respuesta es no necesariamente. Si bien muchos aducen que la mediación no es recomendada en este tipo de casos –incluso la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres conocida como la “Convención de Belem do Pará” la prohíbe por estimar que no existen condiciones de igualdad para participar en una negociación equitativa y se incrementa el peligro de revictimización y negación de la justicia a las víctimas– hay quienes señalan que si los mediadores están adecuadamente capacitados (énfasis añadido) para identificar y manejar eficientemente casos de violencia intrafamiliar y de pareja –debe considerarse que muchas víctimas no admiten durante las sesiones de mediación que se ha producido el abuso, lo que hace que los mediadores, a menos que estén específicamente capacitados, no se percaten de ello y no manejen adecuadamente el proceso- y tienen bases sólidas de conocimiento jurídico y psicológico, pueden coadyuvar a que las partes lleguen un acuerdo en donde se defiendan los intereses de ambas partes y se salvaguarden los derechos de las víctimas.

Ahora, como les comenté la semana pasada, los mediadores asumen conductas que pueden ser representadas en un espectro ocupado en un polo por los mediadores evaluativos y en otro por los facilitativos. Es probable que los mediadores más evaluativos –es su mayoría jueces, juristas y abogados– tengan un acercamiento más utilitario en donde pongan en una balanza los pros y los contras de mediar casos de violencia intrafamiliar y de pareja, y estén más dispuestos, mediante diferentes técnicas, a trastocar e incluso a compensar los desequilibrios de poder entre las partes mediante una intervención más asertiva y directiva. Por el contrario, los mediadores facilitativos –siendo una gran parte terapeutas o trabajadores sociales– se negarían a intervenir para balancear los desequilibrios de poder entre las partes señalando que hacerlo desvirtuaría la naturaleza misma del proceso, incluyendo la autodeterminación de las partes. Abogarían que los intereses y derechos de las partes, particularmente los de la víctima, se verían mejor protegidos acudiendo a procesos más adjudicativos como el litigio en tribunales y el arbitraje.

Habiendo pasado por el viacrucis de litigar mi divorcio de una relación en donde medió la violencia, así como la custodia y patria potestad de mi hijo, si bien reconozco que no debemos negar contundentemente, como algunos pretenden, el uso de la mediación para solventar los casos en donde medie la violencia intrafamiliar y de pareja, confieso que me encuentro dividida sobre su uso generalizado y sin filtros.

Por una parte, la mediación puede ser una opción a nuestro sistema de justicia tan letárgico, burocrático, corrupto, ineficaz y en el que se imponen cargas asimétricas en detrimento de las víctimas, y que resuelve mal y a medias, a menudo revictimizando a la víctima y protegiendo deficientemente sus intereses. En ese sentido, la mediación llevada a cabo con mediadores capacitados ex profeso para investigar y tratar las diversas dimensiones del conflicto –jurídicas, financieras, psicológicas y técnicas, por nombrar algunas–  así como equilibrar dentro de lo posible los desequilibrios de poder, puede ser una opción a los insufribles procesos judiciales y resultar menos desgastante para las partes, en especial para la víctima, aportando soluciones a la medida de sus intereses y necesidades, incluso llegando a tener una dimensión terapéutica y de redención, estableciendo, por ejemplo, las bases para una relación funcional y cooperativa. Sin embargo, al menos en las experiencias de mediación de las que tengo conocimiento, tanto personal como profesionalmente y tanto dentro y fuera de los tribunales, mi experiencia ha sido que desafortunadamente adolecen de una eficiente capacitación y sensibilidad para abordar los mencionados casos, lo que crea más riesgos que beneficios para las víctimas.

Por otra parte, no me inclino a elegir a la mediación en casos de violencia intrafamiliar y de pareja puesto que considero que debido al trauma psicológico que se produce por vivir una relación violenta y donde medie la agresión, una mayoría de las víctimas no llegan a la mesa de negociación en equidad y con las herramientas necesarias – tanto legales, físicas y emocionales – para abogar y negociar por sí mismas y en su beneficio. A menudo las víctimas no sólo llegan debilitadas – física, emocional y económicamente – sino que su juicio está trastocado y empañado, incluso teniendo varios temores – fundados o no – – a la retaliación, a ser lastimadas físicamente por su agresor, a tener que afrontar la independencia económica, a la incertidumbre y/o a las amenazas de ser separada de sus hijos.[2] Todo ello hace necesario que se cuente con protecciones especiales para la víctima y que el proceso resulte en una declaración en donde se establezca un claro vencedor – la víctima – y un claro perdedor – el agresor, incluso como mensaje rector de la justicia del estado y como principio social en el que se condene la violencia intrafamiliar y de pareja.

Si queremos que la mediación sea una verdadera alternativa a otros medios más adjudicativos para resolver casos de violencia intrafamiliar y de pareja, necesitamos revisar y asegurarnos que quienes actualmente ofrecen los servicios de mediación – dentro y fuera del proceso judicial – cuenten con la capacidad y sensibilidad necesarias para resolver este tipo de casos y no solo simulen  – poniendo más énfasis en la cuantificación numérica que en la calidad, seguimiento y rendición de justicia. También es necesario asegurar el respeto puntual a los derechos de las partes – particularmente de las víctimas – e informarles claramente sobre sobre qué es y cuál es la naturaleza del proceso, qué esperar de él, de qué tipo de mediadores dispondrán, y cuáles son sus derechos, fortalezas y vulnerabilidades, puesto que al final del día, la decisión informada sobre mediar o no debe recaer en las partes.

 

*Malkah Nobigrot es Maestra por la Escuela de Derecho de Harvard e Investigadora Asociada en @IntPublica

Referencias:

[1] Ver Alexandra Zylstra, Mediation and Domestic Violence: A Practical Screening Method for Mediators and Mediation Program Administrators, 2001 J. Disp. Resol. 253, 255 (2001).

[2] Aunado a lo anterior, si el agresor ha sido la parte dominante en la relación, existen altas probabilidades de que no tolerará la sumisión de sus intereses a los de la víctima, por lo que la mediación, que implica negociaciones y concesiones mutuas, no parece ser la vía indicada.

 

Origen

Fuente: Animal Político

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